Por Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial se autorizó la importación de 109 medios terrestres, autobombas forestales y vehículos de apoyo para el combate de incendios en todo el país, que fueron eximidos del pago del derecho de importación.
Martes, 2 de octubre de 2012
Por Decreto 1752/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial se exime a la Jefatura de Gabinete del pago del derecho de importación, de las tasas de estadística y de comprobación que gravan la importación para consumo de 109 medios terrestres, autobombas forestales y vehículos de apoyo, accesorios y repuestos para el combate de incendios.
Las franquicias que se acuerdan se supeditan a que las mercaderías de que se trata sean afectadas al destino invocado, quedando la Jefatura de Gabinete obligada a no transferir la propiedad de éstas por un plazo de cinco años a contar desde el día 1 de enero del año siguiente a aquél en que se efectúe su libramiento a plaza.
La Dirección General de Aduanas, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrará las medidas necesarias para la aplicación de la medida.
El decreto comenzará a regir a partir de mañana y lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, del Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y del ministro de Economía, Hernán G. Lorenzino.
En los considerandos explica que las mercaderías a importar resultan de vital importancia para la prevención y lucha contra incendios forestales, rurales y de interfase en todo el territorio nacional, conforme lo establece la Ley Nacional de Defensa de la Riqueza Forestal Nº 13.273.