Economia
Una por una, las modificaciones a la reforma laboral que habilitó el Gobierno para que sea ley
Patricia Bullrich anunció el acuerdo con bloques dialoguistas y repasó algunos de los cambios más importantes en el proyecto de ley

Martes, 10 de febrero de 2026
El Gobierno cerró acuerdos de último momento con aliados e incluyó más de 20 cambios en el proyecto de reforma laboral que comenzará a tratarse este miércoles en el Senado. Uno de ellos está vinculado a la caída del estatuto del periodista y otros gremios.
Tal como anunció Patricia Bullrich, en este caso el cambio es el plazo: se derogará el Estatuto, pero habrá un plazo de seis meses para negociar un nuevo convenio colectivo de trabajo.
"Se caen los estatutos a los seis meses para que armen un convenio adecuado en cada uno de los sectores. Los estatutos son leyes previas a la ley de Contrato de Trabajo. No tiene ningún sentido que haya leyes distintas a la ley de contrato de trabajo que rijan la vida laboral de los argentinos", afirmó la legisladora.
Tal como trascendió, "la derogación de los estatutos y regímenes especiales es a partir de los 180 días desde la sanción de la ley".
Además de los periodistas, el capítulo de derogaciones del proyecto también alcanza a estatutos de otras actividades, como los de viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares y el del personal administrativo de empresas periodísticas.
Como parte de la negocación con bloques aliados por la reforma laboral que se tratará este miércoles en el Senado, la jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), acordó que el Fondo de Asistencia Laboral creado para solventar los despidos tendrá dos categorías: una para las grandes empresas, que aportarán el 1% de los aportes que hacen a ANSES, y el de las pymes que destinarán el 2,5%.
"En el fondo de asistencia laboral, por una propuesta en primera instancia de la UCR y aceptada por todos los que conformamos este grupo de los 44, hemos dividido el FAL en dos categorías, un 1 por ciento para las grandes empresas y un 2 y medio para las pymes, minipymes y medias, que podrá llegar a uno y medio para las grandes, y a 3 con un mecanismo de control de la Cámara de Diputados, con la Comisión Bicameral de previsión social", destacó.
Los cambios que aceptó el Gobierno para que salga la reforma labora
El oficialismo y los bloques de la oposición dialoguista del Senado cerraron este martes por la tarde un acuerdo político clave para destrabar la ley de reforma laboral, que, salvo imprevistos de último momento, será aprobada este miércoles en sesión extraordinaria, convocada para comenzar a las 11.
El entendimiento implicó modificaciones sustanciales sobre el dictamen de mayoría que había sido impulsado a contrarreloj en diciembre por la ministra Patricia Bullrich, y obligó al Gobierno libertario a ceder en puntos sensibles.
Los cambios alcanzan temas de alto impacto fiscal y político: Ganancias, con efecto directo en la recaudación de Nación y provincias; concesiones a sindicatos y cámaras empresarias en materia de aportes obligatorios; el mantenimiento del porcentaje destinado a obras sociales; y una atenuación del esquema original pensado para el nuevo fondo de indemnizaciones.
Con estas concesiones ya acordadas, el oficialismo y sus aliados se encaminan a una sesión que buscará ser rápida y ordenada, con el objetivo de sancionar la norma y girarla cuanto antes a Diputados. Antes de la conferencia que encabezó Bullrich -anunciada recién al mediodía y con escasas referencias a los cambios introducidos-, los jefes de bloque mantuvieron una reunión de Labor Parlamentaria en la que sellaron un acuerdo para minimizar el debate en la votación en particular.
La estrategia consensuada apunta a votar por títulos, dejando que quienes tengan objeciones las manifiesten previamente sobre artículos específicos. El objetivo es evitar un trámite extenso y delicado, en una ley que toca intereses cruzados del sindicalismo, el empresariado y los gobiernos provinciales.
Ganancias
Entre las modificaciones centrales, se resolvió eliminar el artículo 190, que proponía una reducción del Impuesto a las Ganancias para grandes empresas del 30% al 27%, un punto que había generado fuerte resistencia entre gobernadores por su impacto fiscal.
Contribución a obras sociales y cuotas sindicales
También se mantuvo sin cambios la "contribución a cargo del empleador equivalente al SEIS POR CIENTO (6%) de la remuneración de los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia" en el régimen de obras sociales. La iniciativa original buscaba bajarla al 5%, pero finalmente se impuso la postura sindical. La única aclaración incorporada establece que la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) estará habilitada para auditar el destino de esos fondos.
Otro retroceso significativo para el Gobierno fue la eliminación del artículo 137, que permitía a los empleadores actuar como agentes de retención de cuotas sindicales, siempre que mediara consentimiento expreso del trabajador y acuerdo entre las partes. Ese punto fue directamente descartado del texto final.
En materia de aportes compulsivos, el dictamen redefinió los límites. A partir de la sanción de la ley, "los aportes, contribuciones patronales y cualquier otro concepto previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo" destinados a cámaras empresarias u organizaciones integradas por empleadores no podrán superar el CERO Y MEDIO POR CIENTO (0,5%) de las remuneraciones.
En paralelo, se fijó que "los aportes y contribuciones previstos en las Convenciones Colectivas de Trabajo" a favor de asociaciones de trabajadores, tanto para afiliados como no afiliados, no podrán superar el DOS POR CIENTO (2%) de las remuneraciones. Quedaron excluidas las cláusulas que otorguen beneficios adicionales vinculados a la afiliación sindical.
Además, el texto introduce un cambio estructural a partir de 2028. Desde el 1 de enero de ese año, los aportes patronales a cámaras empresarias pasarán a ser estrictamente voluntarios, sin posibilidad de imponerlos mediante cláusulas convencionales y sin obligatoriedad para empleadores que no integren esas asociaciones.
Justicia Nacional del Trabajo
Otro punto sensible fue la vigencia de la Justicia Nacional del Trabajo. El artículo 91 del borrador final establece que el fuero seguirá funcionando hasta que se concrete la transferencia de competencias entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires. El despacho aclara que, una vez firmado ese acuerdo, se avanzará en una reorganización progresiva, sin afectar materias laborales de competencia federal, que permanecerán bajo la órbita de la Justicia federal.
Reducción de contribuciones patronales
En cuanto a las contribuciones patronales, la norma dispone una reducción de UN (1) punto porcentual para grandes empresas y de DOS puntos y MEDIO (2,5 puntos) para micro, pequeñas y medianas empresas, siempre que las relaciones laborales no estén incluidas en el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL). El Poder Ejecutivo podrá ampliar esos beneficios, con aval de la Comisión Bicameral, hasta 1,5% para grandes empresas y 3% para pymes, en función de las metas de equilibrio fiscal.
Indemnizaciones
El capítulo de indemnizaciones también sufrió ajustes. Las cuentas de los Fondos de Asistencia Laboral se financiarán con una contribución obligatoria del UNO POR CIENTO (1%) para grandes empresas y del DOS Y MEDIO POR CIENTO (2,5%) para pymes, calculada sobre la base de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Al igual que en otros artículos, el Ejecutivo podrá incrementar esos porcentajes con aval parlamentario.
Respecto a las sentencias judiciales, el texto habilita que las grandes empresas puedan cancelarlas en hasta Seis (6) cuotas mensuales consecutivas, mientras que las pymes podrán hacerlo en hasta Doce (12) cuotas, con ajustes según el artículo 276 de la ley.
Certificados médicos
También se incorporaron precisiones sobre los certificados médicos. En caso de discrepancias entre el diagnóstico del trabajador y el control del empleador, se podrá recurrir a juntas médicas en instituciones oficiales o a institutos públicos o privados de reconocida trayectoria, cuyo costo deberá ser asumido por el empleador.
Pago de sueldos
Finalmente, uno de los puntos que sí se dio de baja por completo fue la posibilidad de pagar salarios a través de billeteras virtuales. El artículo sobre pago de haberes quedó redactado de forma taxativa: las remuneraciones deberán abonarse únicamente mediante acreditación en cuenta bancaria o en institución de ahorro oficial, eliminando toda referencia a Proveedores de Servicios de Pago regulados por el BCRA.
Con este esquema, el Senado se encamina a una sesión extensa, que podría prolongarse hasta entrada la noche, pero con un consenso político que busca evitar sobresaltos y cerrar uno de los debates laborales más relevantes del período extraordinario.
Fuente:iprofesional.com